Controversia del Orden Familiar 👨‍👩‍👦

Es muy común encontrar personas que tienen hijos en común, sin embargo, estas no se encuentran unidos en matrimonio; derivado de esto se tiene la mala creencia que al no ser esposos no se generan derechos y obligaciones entre sí y entre los menores, mismas que son recíprocas.

La Controversia del Orden Familiar es aquel procedimiento en el que, a pesar de que los progenitores de uno o más menores no se encuentran casados, se resuelve todo lo inherente a los menores hijos como lo son la Guarda y Custodia, la Pensión Alimenticia y el Régimen de Visitas y Convivencias.

GUARDA Y CUSTODIA
Ésta será aquella decisión que el juez tome con respecto a quien cohabitará con el o los menores, es decir, será la designación del domicilio habitual del menor, quién cuidará de él o ella.

PENSIÓN ALIMENTICIA
Así como habrá un progenitor a quien le corresponda vivir con el o los menores, habrá quien se vea obligado a pagar una pensión alimenticia a favor de estos menores, esto será con base en el sueldo que percibe el deudor alimentario, si el salario de este no es comprobable se regirá por la disposición aplicable legal en la entidad en que se lleve a cabo el juicio.

RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS
Sin embargo, no hay que olvidar que toda obligación genera derechos y que todo derecho genera obligaciones, es así que, aquel que tenga la obligación de hacer el pago de una pensión alimenticia también disfrutará de su derecho a un Régimen de Visitas y Convivencias entre este y sus menores hijos, este Régimen será conforme al ritmo de vida de los menores, velando siempre por el interés superior de la niñez.

Ahora bien, a pesar de que este procedimiento es muy común, existen aún más situaciones por la cuales se da trámite a una Controversia del Orden Familiar, algunos de los ejemplos que podemos dar son los siguientes:

• Cuando los padres necesitan que sus hijos les otorguen alimentos.
• Cuando existen 2 personas en concubinato, sin hijos, pero que adquirieron bienes durante el mismo, se hará una "liquidación" de los mismos.
• Cuando se quiera otorgar una pensión alimenticia a favor de un menor hijo aún y cuando no exista una separación entre los progenitores, esto usualmente es para garantizar que el menor obtendrá alimentos ya que, el futuro es incierto.

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