Reconocimiento de Paternidad 🧬

Dentro de la sociedad es muy común encontrar mujeres que se encuentran en estado de gravidez, es decir, que están embarazadas. Sin embargo, en ocasiones por motivos personales de cada una de ellas, se desconoce quien es el progenitor de dicho producto.

Ahora bien, hay que dejar en claro que a pesar de que las mismas mujeres que se encuentren embarazadas pudieran no conocer al padre de su próximo hijo o hija, tienen alguna presunción sobre el probable responsable.

Dicho lo anterior, al tener esa presunción se puede comenzar con un juicio de reconocimiento de paternidad en dónde se le notificará al probable padre sobre el procedimiento, para que este por medio de una prueba de Ácido Desoxirribonucleico (ADN) se compruebe su parentesco o por el contrario, se demuestre que no existe conexión sanguínea con el menor.

Por otra parte, si se tiene conocimiento de quién es el papá del o la menor y aún sabiendolo, este no quisiera hacerse responsable del mismo también puede comenzarse con este procedimiento juidicial.

En el supuesto que el exámen de ADN compruebe la relación de parentesco entre ambos, el juez dictará sentencia declarando las responsabilidades y derechos que sostiene el padre para con el menor. En este orden de ideas, lo más viable es solicitar vía judicial el pago de una pensión alimenticia para el menor, y en si caso se podrá establecer una pensión retroactiva por el tiempo que no cubrió las necesidades del menor hijo.

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