La Patria Potestad 🧸

Es muy común encontrar a personas que confunden el término Patria Potestad con Guarda y Custodia, ya que usualmente hemos escuchado (ya sea dicho por un vecino o incluso en la televisión) cuando dentro de un litigio se 'pelean' la patria potestad de un menor cuando realmente se trata de una Controversia del Orden Familiar, es decir, un litigio que versa sobre la Guarda, Custodia, Alimentos, así como el Régimen de Visitas y Convivencias.

DIFERENCIAS
Para dejar claras las diferencias entre la Patria Potestad y la Guarda y Custodia, podemos decir que, la primera son todas y cada una de las decisiones que se toman con respecto a un menor; mientras que, la segunda es la persona (usualmente padre o madre) con quién vivirá el menor.

En cuanto a los litigios que derivan de las Acciones Derivadas de la Patria Potestad, se establecen varias situaciones como lo son la Pérdida, Suspensión y Terminación de esta. Regularmente, en este tipo de juicios se solicita la pérdida de la patria potestad, mismo juicio que, para comenzarlo es necesario que se cumpla alguno de los requisitos enmarcados en la ley.

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